Guía · 1 de noviembre de 2026
Declaración jurada de uso y renovación de marca: cuándo vencen y cómo no perder el registro
Una marca registrada en Argentina dura 10 años y en el medio exige una declaración jurada de uso. Cuáles son las ventanas, qué pasa si se pasan y cómo calcular las fechas a partir de la concesión.
Registrar una marca no termina el trabajo: el registro tiene dos obligaciones con fecha que, si se pasan, pueden costar la marca. Las dos se cuentan desde la fecha de concesión (o de la última renovación) y las dos las sabés con años de anticipación, así que el único riesgo real es olvidarse.
La marca dura 10 años
El registro de una marca en Argentina tiene una vigencia de 10 años desde la concesión (art. 5 de la Ley 22.362) y se puede renovar indefinidamente por períodos iguales, siempre que la marca se haya usado dentro de los cinco años previos al vencimiento, en la comercialización de un producto, la prestación de un servicio o como designación de una actividad.
La renovación se pide dentro de los últimos seis meses de vigencia. Es un trámite ante el INPI, con patrocinio de un agente o abogado, y conviene no dejarlo para el final: una marca vencida es una marca que cualquiera puede pedir.
La declaración jurada de uso de medio término
Entre el quinto y el sexto año desde la concesión, el titular tiene que presentar ante el INPI una declaración jurada de uso (la “DJUM”, prevista en el art. 26 de la ley y reglamentada por la Resolución INPI 123/2019). Es una presentación simple: declarar que la marca se usó en el país antes de cumplir cinco años, en qué productos o servicios, o que no se usó por causas de fuerza mayor.
Es obligatoria aunque la marca se esté usando a la vista de todos: lo que el INPI quiere es la declaración. Si no se presenta en término, se puede presentar después con un recargo por cada año de atraso, pero mientras falte, el INPI presume que la marca no se usa y no tramita la renovación.
Las fechas, con un ejemplo
Para una marca concedida el 15 de marzo de 2022:
| Qué | Cuándo |
|---|---|
| Se abre la ventana de la declaración de uso | 15 de marzo de 2027 (5 años) |
| Se cierra la ventana de la declaración de uso | 15 de marzo de 2028 (6 años) |
| Se puede pedir la renovación | desde el 15 de septiembre de 2031 (6 meses antes) |
| Vence el registro | 15 de marzo de 2032 (10 años) |
Después de renovada, los plazos vuelven a contarse desde la nueva fecha: otra declaración de uso entre el quinto y el sexto año, y otra renovación a los diez.
Estas fechas son las que se calculan a partir de la concesión; en cada caso conviene confirmarlas con el agente, porque la fecha que vale es la que figura en el título de la marca y en los registros del INPI.
Qué pasa si se pasan
- Declaración de uso fuera de término: se puede presentar, con recargo según los años de atraso. Hasta que se presente, la marca se considera no usada a los efectos de la renovación.
- Renovación no pedida: al vencer los diez años el registro caduca. No afirmamos acá si existe algún margen después del vencimiento, porque depende de la práctica del INPI en cada momento: lo seguro es pedirla dentro de los seis meses.
- Marca sin uso: además, una marca no usada durante cinco años puede ser declarada caduca a pedido de un tercero. El uso real es parte de la protección.
Cómo no olvidarse
Para una o dos marcas, alcanza con anotar cuatro fechas en el calendario el día de la concesión: apertura y cierre de la declaración de uso, inicio del período de renovación y vencimiento. Para una cartera de marcas, o para un estudio que las administra para clientes, conviene un sistema que las calcule y avise solo.
En AlertaMarca, cada marca cargada en “Mis marcas” con su fecha de concesión muestra estas cuatro fechas y manda un aviso por email cuando se abre y cuando está por cerrar cada ventana (cómo funciona). La fecha de concesión la tomamos de la resolución del INPI cuando la publica, o la cargás vos.
Si además querés que te avisen cuando alguien pida una marca parecida a la tuya, que es el otro riesgo de una marca registrada, podés buscar tu marca gratis.
Este artículo es información general, no asesoramiento legal. Para presentar una oposición o una renovación consultá a un agente de la propiedad industrial o a un abogado. Datos y plazos a 1 de noviembre de 2026.